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La mediación como un recurso legal para la resolución de conflictos en los condominios

El acelerado proceso de urbanización que vive el Ecuador ha derivado en un crecimiento sostenido de conjuntos habitacionales y edificaciones bajo el régimen de propiedad horizontal. Si bien este modelo de vivienda ofrece beneficios importantes en términos de seguridad, comodidad, espacios de descanso y recreación comunales, también presenta desafíos significativos en cuanto a la convivencia, especialmente cuando surgen conflictos entre copropietarios o entre estos y la administración.

En este contexto, la mediación se configura como un mecanismo alternativo de resolución de disputas, con respaldo legal, que permite abordar los desacuerdos de manera pacífica, ágil y efectiva. Pero ¿Qué es la mediación? De manera breve podemos decir que es un procedimiento voluntario, confidencial y extrajudicial, mediante el cual un tercero neutral —denominado mediador— interviene para facilitar la comunicación entre las partes en conflicto, con el fin de que estas construyan conjuntamente una solución satisfactoria para ambas. En el Ecuador, la mediación se encuentra regulada por la Ley de Arbitraje y Mediación, y su aplicación se ha extendido a diversas áreas del derecho, incluyendo los ámbitos civil, familiar, laboral y comunitario.

Entonces, ¿Cómo podríamos aplicar la Mediación en los condominios?

La convivencia en edificios y conjuntos residenciales exige el cumplimiento de normativa, reglamentos internos, la corresponsabilidad en el uso de áreas comunes y sin duda la colaboración con la administración. No obstante, la realidad demuestra que frecuentemente surgen situaciones conflictivas, entre ellas: Incumplimiento en el pago de expensas, uso inadecuado de áreas comunales, exceso de ruido, problemas con mascotas, conflictos con decisiones del administrador, etc. En estos casos, la mediación ofrece ventajas significativas: Es un sistema voluntario y hermético, los acuerdos llegados por las partes son confidenciales, descongestiona el sistema judicial, al brindar una vía alternativa, eficaz y menos onerosa, promueve el diálogo y la comprensión mutua, reduciendo tensiones innecesarias, permite soluciones flexibles, adaptadas a las particularidades de cada situación, refuerza el compromiso de las partes, dado que los acuerdos son construidos por los propios involucrados, contribuye al fortalecimiento del tejido social, favoreciendo una convivencia más armónica y sostenible.

Además, es fundamental que los administradores de condominios estén capacitados no solo en aspectos técnicos y administrativos, sino también en habilidades de gestión de conflictos. Su rol como primer punto de contacto en disputas entre copropietarios les permite identificar oportunamente situaciones susceptibles de ser derivadas a mediación. Incluso, en determinados casos, pueden actuar como facilitadores del diálogo inicial, evitando que los conflictos escalen.

La mediación no debe ser vista únicamente como una opción legal, sino como una estrategia integral de convivencia. Su implementación sistemática dentro de los condominios puede prevenir conflictos, reducir litigios innecesarios y contribuir a la construcción de comunidades más cohesionadas, participativas y pacíficas.

Promover la mediación en el ámbito de la propiedad horizontal es, en definitiva, una inversión en calidad de vida, cohesión social y cultura de paz. Su incorporación en los reglamentos internos y su difusión entre copropietarios debe ser una prioridad para quienes gestionan la vida en comunidad.

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¿Cómo mediar un conflicto entre vecinos dentro de un condominio?

Según el Capítulo VIII del Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal, salvo los procedimientos específicos detallados en la norma de la materia, cualquier controversia que surja entre los copropietarios o usuarios de condominio pueden ser sometidos a un procedimiento conciliatorio verbal, breve y sumario, ante uno de los órganos de administración del condominio.

Siendo el administrador del condominio uno de los órganos, es necesario que quien ejerza esta función esté claro del papel que desempeñaría como promotor de acuerdos y de la resolución de conflictos vecinales.

Con este antecedente y, a propósito de la coyuntura que vive el país, revisemos algunos consejos para resolver un conflicto de manera eficaz y sostenible.

Dialogar es la base, pero no lo es todo: Partamos de que dialogar no es exponer mis caprichos y escuchar los caprichos del otro. Esta recurrente confusión es la causante del escalamiento del conflicto y de posiciones cada vez más cerradas.

En estos días hemos escuchado tantas veces la palabra “diálogo” que resuena en nuestras cabezas como un mantra. Desde todos los sectores se habla del diálogo y se lo pondera como una solución, cuasi mágica, a problemas estructurales cuya real cura necesita más que una mesa, dos sillas y buena voluntad. Cuando se trata de resolver un conflicto, dialogar deja de ser una acción concreta y se vuelve un proceso complejo y sistemático orientado a explorar opciones factibles y racionales que satisfagan las necesidades de las partes. Por ello, el sentarse en una mesa debe ser el resultado de acciones previas inteligentemente guiadas para llegar a presentar una propuesta que construya valor, confiando que la otra parte hará lo propio.

Preparar el terreno de la mediación: Antes de dialogar debemos haber preparado el terreno para que esto sea efectivo. Compromisos de dar, hacer o no hacer pueden ser los primeros actos de buena fe que se deben cumplir antes de llegar a una mesa. No asumamos que solo por el hecho de ponerse frente a frente las partes en conflicto van a solucionar sus problemas. Estas deben haberse demostrado mutuamente que tienen la intención de solucionar sus problemas y que están dispuestas a trabajar por ello.

No comprometas tu probidad como mediador: Si vas a intervenir como mediador debes cuidar que acciones sean, y se vean, siempre en beneficio del acuerdo y no solo de una de las partes.

La base de todo buen acuerdo es la confianza: Tanto entre las partes, como de las partes hacia el mediador, la confianza es la piedra angular sobre la que se construye un acuerdo. Si ya existe, cuídala. Si no, constrúyela. Recuerda que las partes no van a mediar entre ellas sin saber que pueden confiar la una en la otra. De igual forma, las partes en conflicto no permitirán que tú sigas mediando el conflicto si perciben un sesgo o mala fe de tu parte.

El mediar en un conflicto vecinal deber ser asumido con mucha responsabilidad y cuidado. Ten en cuenta que la calidad de vida de tus vecinos está en juego.